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La dimensión libre mínima de la sección transversal de una ODT de un solo tramo, DL, se debe medir entre sus caras interiores y se define en función de la longitud de la obra entre las embocaduras de entrada y de salida. Su valor se debe determinar a partir de la tabla, y se recomienda siempre tener la información más actualizada posible.
La dimensión DL de la tabla hace referencia a la imagen:
✔ Sección circular: Diámetro
✔ Sección rectangular: Lado menor
✔ Resto de secciones: El diámetro del mayor círculo que se pueda inscribir en la sección.
En las ODT que presenten varios tramos subterráneos separados por encauzamientos al aire libre, la dimensión libre mínima DL en cada tramo será la mayor entre:
✔ La que le corresponde de acuerdo con la tabla.
✔ La mayor de entre las correspondientes a los tramos situados aguas arriba.
En el proyecto se puede justificar la adopción de valores inferiores, que deben establecerse caso por caso.
Las obstrucciones por arrastre de cuerpos deben evitarse mediante dispositivos u obras específicas de protección aguas arriba de las ODT, que se deben definir en el proyecto.
Las dimensiones mínimas de los elementos de drenaje transversal de vías de servicio, reposiciones de caminos y otros viales ubicados inmediatamente aguas arriba o abajo de la carretera principal, se deben definir en conformidad de la ley.